El Tribunal Electoral del Estado de Durango (TEED) analizó tres asuntos relacionados con la fiscalización de recursos de agrupaciones políticas, la conservación del registro de un partido político local y los derechos político-electorales de dos regidoras del Ayuntamiento de Poanas, Durango.

En el juicio electoral TEED-JE-12/2026, se confirmó la resolución del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango (IEPC), relativa a las irregularidades detectadas en la fiscalización de los recursos de la agrupación política estatal “Organización Ciudadana por México”, correspondientes al ejercicio 2025. El Pleno de este Tribunal consideró que la autoridad responsable actuó conforme a los principios de legalidad y certeza, y que las medidas impuestas, incluida la reintegración de recursos no comprobados, se encontraban justificadas, sin que se acreditaran las vulneraciones alegadas por la parte actora.

Por otra parte, en el juicio electoral TEED-JE-14/2026, relacionado con la verificación del número mínimo de personas afiliadas para que el Partido Villista conservara su registro como partido político local, el Pleno del TEED confirmó la determinación del IEPC, al considerar infundados los agravios del Partido del Trabajo respecto al plazo otorgado para presentar documentación y subsanar inconsistencias, e inoperante el señalamiento sobre presuntas afiliaciones falsificadas, al no contar con elementos probatorios que lo sustentaran.

Finalmente, en un juicio de la ciudadanía promovido por dos regidoras del Ayuntamiento de Poanas, se reencauzó al órgano de justicia intrapartidaria la controversia relacionada con su militancia en el Partido Estatal Renovación, a fin de que determine lo conducente conforme a su normativa. Asimismo, no se acreditaron afectaciones al ejercicio de sus cargos ni elementos suficientes para demostrar violencia política contra las mujeres en razón de género, determinando que no procedía ordenar la difusión de un extracto aclaratorio sobre la militancia ni imponer las sanciones solicitadas en la sentencia.