LA SALA COLEGIADA DEL TRIBUNAL ELECTORAL, VINCULA AL CONGRESO DEL ESTADO A GARANTIZAR ACCIONES AFIRMATIVAS A FAVOR DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. 7 de marzo de 2023 En la tercera sesión pública de resolución del TEED, celebrada el día 7 de marzo de 2023, se resolvieron dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y dos incidentes de incumplimiento de sentencias. En el juicio ciudadano 003 del año en curso, interpuesto por un ciudadano autoadscrito con discapacidad neuromotora, impugnó la omisión del Congreso del Estado, de garantizar que las personas con discapacidad puedan ser postuladas a una candidatura o designados a cualquier cargo dentro del servicio público en todos los niveles de gobierno; la Sala Colegiada determinó fundado dicho agravio y por tanto, vinculó al Congreso del Estado, para que, en ejercicio de su soberanía y competencia, implemente las medidas legislativas que estime necesarias para garantizar los derechos político-electorales de las personas con discapacidad, eliminar las barreras sociales y realizar ajustes razonables al entorno de las personas con discapacidad para que puedan ejercer esos derechos en igualdad de condiciones con los demás, conforme al modelo social de discapacidad y a sus obligaciones internacionales. En otro asunto, al resolver el incidente de incumplimiento de la sentencia relativa al juicio ciudadano 129 del 2022, en el que, el incidentista formula diversos planteamientos a fin de evidenciar un supuesto incumplimiento de la sentencia principal, al considerar que el Congreso del Estado no ha expedido la convocatoria para la consulta a las personas con discapacidad y que debe de llevarse a cabo de manera previa al inicio del proceso legislativo; el Pleno del Tribunal Electoral determinó parcialmente fundado el incidente, pues si bien el Congreso del Estado y el Consejo General del IEPC, han realizado diversas diligencias encaminadas a dar cumplimiento a la sentencia, lo cierto es que el Congreso no ha emitido la convocatoria dirigida a las personas con discapacidad como un acto preliminar al proceso legislativo, en los términos ordenados en la sentencia primigenia; en consecuencia, se vinculó al congreso del estado, a que realice las acciones correspondientes a fin de dar cabal cumplimiento a lo resuelto por este Tribunal Electoral.